Ir al contenido principal

¿Qué delito cometieron l@s detenid@s arbitrariamente el 20 de marzo en en Metro Xola?

Detenidos Metro Xola
Publicado el 21/03/2014

De acuerdo a información difundida por David Cilia Olmos, padre de uno de los detenidos arbitraria e ilegalmente el 20 de marzo en la estación Xola del metro, los cinco jóvenes detenidos quedaron en libertad:

el día de ayer,  21 de marzo, cerca de las 9 de la noche quedaron en libertad, luego de reunir la fianza correspondiente, Víctor Ilich Cilia Ocampo, Erik Becerril Ocampo, Itzel López Nájera, Luis Franco y Fabiola”. Y comparte el testimonio de uno de los detenidos: 

Transcripción textual de uno de los testimonios de la agresión del 20 de marzo en el metro Xola.

"El día 20 de Marzo de 2014 llegue al metro Xola, a las 10:15 horas para reunirme con mi grupo de trabajo, ya que soy trabajador de la empresa xxxxxx, empresa que realiza estudios de opinión, en ese momento íbamos a hacer encuestas en municipios del Estado de México, a mí me habían asignado la supervisión del equipo que trabajaría en Ciudad Nezahualcóyotl, y por lo tanto tenía que esperar por los formatos para repartirlos en mi zona de trabajo, a las 10:34 horas un convoy del Metro proveniente de Taxqueña con dirección Cuatro Caminos arribó a la estación Xola, descendieron aproximadamente 15 elementos con uniforme de la Policía Bancaria Industrial (PBI), algunos portaban una banda naranja con el logotipo del Sistema de Transporte Colectivo Metro, junto con ellos, dos usuarios del mismo transporte, a los cuales separaron y rodearon para intercambiar palabra con ellos y revisar sus mochilas, en ese momento yo saqué de mi bolsa derecha mi celular y comencé a grabar, una persona de pantalón de mezclilla azul se aproximó a un usuario del Metro que se encontraba a mi derecha para solicitarle “mercancía”, el cual se negó, argumentando que no iba a recuperar el dinero de su producto, pero el sujeto de mezclilla lo convenció diciendo que él lo iba a pagar, al recibir el sujeto de mezclilla la mercancía, acudió a donde se encontraban los policías de la PBI y uno de los usuarios del Metro que habían bajado del convoy del Metro para introducir en su mochila paquetes de productos que habían obtenido de la persona parada a mi derecha, al percibir que estaba grabando todo con mi celular Nokia C6-01, un policía me comenzó a agredir sujetando y apretando mi cuello con su brazo, maniobra de combate conocida como ‘llave china’, mientras otro torcía mi brazo derecho para arrebatar de mi mano el celular con el que grababa los hechos, otros más comenzaron a golpearme y jalar mi ropa, uno de ellos jaló el chaleco que tenía puesto interrumpiendo mi respiración hasta desvanecerme apoyado en una caseta roja con la leyenda de emergencia, al momento de recuperar mi conciencia seguía siendo golpeado por elementos de la PBI y frente a mi había un funcionario del STCM con traje de vestir sosteniendo mi hombro derecho, yo levanté las manos y comencé a decir que me estaban golpeando por haber grabado cómo la policía le sembraba evidencia incriminatoria contra dos usuarios del metro, agregando que eso incurría en violaciones a los derechos humanos. En frente de mí, aproximadamente a cuatro metros se encontraba mi hermano Víctor Ilich Cilia Ocampo, quien también trabaja en xxxxxx, diciendo, ‘no le peguen, lo están lastimando’, y varios policías lo subieron a golpes a la parte superior del metro Xola, un pasillo donde se encuentran las escaleras para ingresar o salir de los andenes, a un costado de una cámara de seguridad del STCM con el número 230137, la distancia entre el lugar donde golpearon a mi hermano y la cámara es de aproximadamente 3 metros, sin embargo la cámara se encuentra fija en el techo y mi hermano tirado en el suelo, yo trate de ir con mi hermano pero me impidieron el paso, avance a las siguientes escaleras y vi como lo golpeaban y azotaban contra el suelo mientras él se encontraba esposado, le gritaban ‘tú también eres vendedor’ y otros compañeros decían ‘es encuestador’, sin embargo recibía dada vez más severos golpes, Itzel López Nájera y Fabiola estaban grabando con sus celulares, mientras que Eric Cuauhtémoc Becerril Ocampo trataba de abrazar a Víctor para que no lo siguieran golpeando, pues en ese momento estaba escupiendo sangre de su boca, esto se encuentra grabado en varios vídeos subidos a redes sociales en Internet y del cual yo tengo copia y es mi deseo anexar los archivos como parte de mi testimonio, seguido de eso, un grupo de usuarios del metro gritaba repetidamente ‘suéltenlos’, pero ellos continuaron arrestando y golpeando cada vez a más personas, nos desalojaron a todos de las instalaciones del metro por la salida que se encuentra ubicada en Tlalpan con dirección al Centro de la Ciudad de México entre las calles Miguel Ángel y Xola, en donde subieron esposados a Eric Cuauhtémoc Becerril Ocampo, Itzel López Nájera, Fabiola, Luis Franco y Víctor Ilich Cilia Ocampo. Acudí a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal para levantar mi queja, a la cual le asignaron el número 14-1769, después me dirigí a la Agencia del Ministerio Publico especializada en atención a usuarios del sistema de transporte colectivo Metro, donde solicité levantar una denuncia por agresiones en el interior del Metro contra elementos de la PBI y el Ministerio Publico en turno, quien se identificó como Guadalupe Piña me dijo ‘¿ves a uno de tus agresores aquí?’. en el lugar había unos 15 elementos de la PBI a una distancia aproximada de uno a dos metros de distancia de mí, le dije que no, y me preguntó, ‘¿a ti qué te pasó?’, le expliqué que entre las agresiones, había sido ahorcado, y que eso era tentativa de homicidio, le mostré heridas visibles que tengo en mi cuello y me dijo: ‘ahora tengo 14 detenidos, estoy muy ocupada, si gustas tomar asiento’. Después de una hora aproximadamente, un policía salió a gritar, ‘que pase el ahorcado, quien viene a aquí por tentativa de homicidio’; fui y me hicieron esperar unos dos minutos en lo que terminaba una llamada telefónica, me explicó que tenía mucho trabajo, que no pensara yo que se me quería negar la atención, pero que en ese momento no podía, dos horas después, al ser llamado por segunda vez para ser advertido de la carga de trabajo del Ministerio Publico en turno, le dije que iba a meter la denuncia por escrito al día siguiente, y me solicitó que lo escribiera en una hoja, en la cual incluyo mi firma y huella digital.

“En los vídeos que tengo en mi poder, alcanzo a distinguir el rostro de los policías que comenzaron la agresión contra mi persona".

         Quedaron en libertad pagando una fianza, lo cual significa que se les sigue un proceso, acusados ¿de qué? Ell@s se encontraban realizando encuestas y documentando los hechos que ocurrieron en esa estación del metro. A Fabiola y a Itzel las detuvieron por estar grabando con sus celulares imágenes de video lo que ocurría, de la forma en que sembraban “evidencia incriminatoria” a otras personas y de la brutalidad con que realizaban las detenciones. Así lo dijeron públicamente l@s policías involucrados en estos hechos. Esa acusación utilizaron contra Fabiola, pese a que ella afirmó ser periodista de Somos el Medio. Pero aunque ningun@ de l@s detenid@s fuera periodista, registrar esta clase de arbitrariedades y difundirlas es un derecho garantizado para tod@s, de acuerdo a las leyes que, se supone, están vigentes:
 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo 7°. Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos,... tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.
Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito.
Y está establecido en el Código Federal de Procedimientos Penales, Artículo 21. Facultad de atracción de los delitos cometidos contra la libertad de expresión, lo siguiente:
“En los casos de delitos del fuero común cometidos contra algún periodista, persona o instalación, que dolosamente afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta, el Ministerio Público de la Federación podrá ejercer la facultad de atracción para conocerlos y perseguirlos, y los Órganos jurisdiccionales federales tendrán, asimismo, competencia para juzgarlos. Esta facultad se ejercerá cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias:
“En la denuncia o querella u otro requisito equivalente, la víctima u ofendido hubiere señalado como probable autor o partícipe a algún servidor público de los órdenes estatal o municipal”.
Por otra parte, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Artículo 19 refiere:
“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

COMENTARIO:
La libertad de imprenta protege el derecho de multiplicar la difusión del pensamiento. Es claro que aquí se alude a los procesos de impresión de escritos, pero en realidad esta libertad debe considerarse aplicable a cualquier medio de difusión masiva de las ideas.
Por otra parte el Artículo 7° Constitucional prohíbe que la autoridad pretenda apoderarse de la maquinaria empleada para imprimir, y esto debe extenderse a los aparatos que en general sirvan para difundir escritos, sonidos o imágenes por medios electrónicos.
Se establece que no habrá "censura previa", lo que significa que la autoridad no puede exigir que se someta a su aprobación aquello que se va a divulgar.
Vale la pena recordar estos fundamentos legales, sobre todo el Artículo 7° Constitucional, para podernos defender contra las arbitrariedades de estos ‘servidores públicos’.
Entonces, ¿de qué les acusan? ¿De ‘alterar la paz pública’, cuando en todo momento la violencia fue ejecutada por los policías y personal de seguridad del metro? ¿De ‘ultrajes a la autoridad’, cuando sus representantes, los uniformados, fueron quienes ultrajaron a u grupo de jóvenes que realizaban un trabajo de investigación social e información pública?
Mencionamos estos dos cargos porque son los que más recurrentemente se han esgrimido en el actual gobierno para criminalizar la protesta social y a los trabajadores de los medios libres.
Pero, cuando los “ataques a la paz pública” son cometidos por la ‘autoridad’, cuando es la ‘autoridad’ quien ultraja, agrede, brutaliza a l@s ciudadan@s, ¿quién los castiga?

En esos casos sigue imperando la impunidad. Los abusos de ‘autoridad’ son tolerados, generalmente, cuando se denuncian, no van más allá de alguna ‘recomendación’.

Así funciona en México el llamado Estado de Derecho. Así se imparte 'justicia'.

¿Hasta cuándo lo vamos a tolerar? ¿Cuándo vamos a decir ¡Ya Basta! ...?

Comentarios

Entradas más populares de este blog

Nebulosa. Emisión del 21 de abril de 2014. Espacio de información, denuncia y difusión de la resistencia.

http://kehuelga.org/spip.php?article2790 Esperamos tus colaboraciones en el correo nebulosa@kehuelga.net Miércoles 23 de abril de 2014 por nebulosa Estas son las noticias de la semana: Michoacán: otra vuelta de tuerca Viacrucis migrante Sigue el #PosMeSalto Jalisco: en defensa de Temacapulín Protestas de trabajadores de Mexicana de Aviación Coyoacán contra los parquímetros Presos opositores al Proyecto Integral Morelos China: los ricos también lloran Acciones por la libertad de Mummia Marcha contra el silencio Libertad a Mario González Michoacán: otra vuelta de tuerca La importante reacción de las autodefensas logró que el gobierno federal calmara sus ansias. Entre movilizaciones, ocupaciones de nuevos poblados y numerosas declaraciones de que no se desarmarán, las autodefensas obligaron a que el gobierno federal firmara nuevos compromisos. El lunes 14 de abril, más de 20 representantes de los grupos de autodefensa se reunieron en La Ruana con e

"LA VICUÑITA" (Magdalena Fleitas). Música Andina Latinoamericana. Tema anónimo.

https://www.youtube.com/watch?v=BRB1oqI9D6M Subido el 6 jul. 2009 Del disco "Risas del Viento". Clip Stop Motion . Tema anónimo, recopilado por Leda Valladares. Huayno – Bolivia y Perú Hay diferentes versiones de esta canción tan bella y poética, la estrofa en quichua fue transmitida por Rubén Carrasco, si bien estamos revisando otras letras posibles que nos llegaron para ajustar la traducción. Tal vez esta sea una posible traducción: Ayqey vicuñita rispa jap’isunqa Huye vicuñita yendo te atrapara Rispa jap’iy pagapiña munasunqa Yendo atrapado en su pago te querrá La Vicuñita Del cerro yo vengo con mi vicuñita  Cantando y bailando para mi cholita  Yo soy vicuñita y vengo de la Puna  Vengo escapando de los cazadores  Ay guei vicuñita rishpi japi sonka  Rishpi japi pagapiña numa sonka  Malhaya la hora de ser vicuñita  Todos me persiguen por mi lana fina http://bit.ly/fxzulu De ella ya habíamos publicado unas canciones, a

Heroica rebelión: 70 años del levantamiento del gueto de Varsovia (por Nicolás González Varela)

Rebelión , 24-04-2013 http://www.rebelion.org/noticia.php?id=167159 El pasado 19 de abril se cumplieron 70 años del levantamiento del gueto de Varsovia , salvajemente reprimido por destacamentos especiales de las SS. Se realizaron conmovedores homenajes y actos de memoria histórica en el lugar arrasado donde se erigía el ignominioso lugar de concentración. Se ha aprovechado la ocasión para inaugurar un Museo sobre Historia de los judíos polacos. Al exterminio que los nazis iniciaron en 1940, rodeando con un muro de 2,5 metros 800 manzanas en las que vivían hacinados 380 mil judíos, le siguió la aniquilación sistemática llamada eufemísticamente Grossaktion en la sofisticada "Lingua Tertii Imperii" del Nacionalsocialismo. Se inició el 19 de abril de 1943, comandada por un nuevo comandante, Jürgen Stroop (su nombre era Josef, pero como muchos alemanes se lo cambió por uno más ario). Según su informe minucioso, la operación se realizó con un núcleo duro