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Evidencian arbitrariedades y falsedad de acusaciones contra Presos Políticos por parte del GDF y el Gobierno Federal

por Liga de Abogados
Jueves, 27 de marzo de 2014
A un año de que el priísmo retornara a la presidencia de México la represión y despojo de nuestras libertades fundamentales se ha vuelto una constante cotidiana. Ello nos insta a mirar el caudal de procesos penales por los cuales se busca ajusticiar a los luchadores sociales, a los disidentes políticos y a todo aquél que levanta la voz para gritar ¡BASTA!
         Entre las víctimas del Estado, no olvidamos: la muerte de Francisco Kuykendall, la pérdida del ojo derecho del compañero Uriel Sandoval y la desaparición forzada del testigo de la agresión al profesor Kuykendall, Teodulfo Torres Soriano, y a ello se suma el sinnúmero de procesos penales iniciados desde el primero de diciembre de 2012, con la consigna de callar a las voces disidentes.
         Sin bien la presión social en su conjunto, aunada al esfuerzo solidario de la Liga de Abogados 1° de diciembre, han logrado que a 9 de los 13 procesados del 1 ° de diciembre ya se les haya concedido el Amparo, a fin de dejar sin efectos el Auto de Formal Prisión que los sujetó injustamente a proceso durante un año, también lo es que la criminalización y represión del Estado, es hoy tan vigente como en la época de la Guerra Sucia.
         Siguiendo la lista de presos, cobran relevancia los casos de los compañeros detenidos el 10 de junio, 01 de septiembre y 02 de octubre de 2013, es aquí donde debemos detenernos, para que la memoria no olvide el 02 de octubre del año 2009 cuando es detenido y procesado Víctor Herrera Govea quien es sentenciado sin prueba alguna que lo incrimine, por uno de los tantos jueces de consigna Celia Marín Sasaki. Sasaki, hoy Magistrada de la Quinta Sala Penal.
         Sala donde han llegado todas las apelaciones de Jorge Mario González García. Dicha magistrada en contumacia con la jueza Décimo Noveno de Delitos No Graves Marcela Ángeles Arrieta, han decido privar a varios manifestantes del 2 de octubre de su libertad sin imputación alguna, Como en el caso de Mario y Gabriela Luna Flores quien se encuentra privada de su libertad por el delito de ultrajes a la autoridad y que al igual que Mario le fue negada la libertad caucional. La negativa a aplicar la ley, se ha vuelto la regla en las causas penales de los presos por conciencia.    
Como defensor de la liga de Abogados, es necesario denunciar la ilegal resolución de la Quinta Sala Penal, pues sin argumento jurídico que lo sustente, confirma la ilegal sentencia dictada por la juez 19 de delitos no graves, imponiendo una penalidad de 5 años nueve meses, cuyo único objetivo es servir de pena infamante y escarnio público en contra de la libertad de manifestación y el derecho a protestar.
Cabe observar que entre las principales irregularidades encontramos: 
1. Los policías remitentes manifiestan no haberse percatado de que Jorge Mario, ni ninguno de los otros 8 procesados,  desplegaran una conducta delictiva o una conducta violenta, a lo más, manifiestan haber observado que del interior de autobús donde ellos viajaban salía objetos, sin observar quiénes los arrojaron, su impacto en el suelo o inmuebles de la zona. Tampoco se percataron que dichos objetos dañaran inmuebles o a personas, que no recuerdan haber visto a ninguno de los jóvenes procesados haber lanzado un proyectil.  Asimismo manifiestan no haberle encontrado a Mario ningún objeto al momento de ser revisado y pese a ello, les conceden valor probatorio a sus declaraciones como pruebas principales y sustento de la acusación.
2. La magistrada, contrariando el principio de presunción de inocencia y los principios procesales aplicables, decide otorgarle valor probatorio al dicho de los policías sobre supuestas "personas quienes les señalaron a los procesados", sin tener certeza de la existencia de dichas personas, pues los policías en ningún momento toman sus datos y mucho menos las presentan a juicio, además de ser ambiguos, pues se limitan los policías a referir "de entre los pasajeros que se encontraban sentados en el interior del multicitado autobús varios de ellos comenzaron a gritar señalando a varios\sujetos jóvenes, que estaban de pie sobre el pasillo" que los detienen sin encontrarles objetos relacionados con explosivos, Sin embargo en ampliación de declaración refieren, que ninguna persona se les acercó para referir ser agredida por dichos jóvenes pese a que de la declaración de los policías no se advierte que ninguna de estas personas haya "señalado directamente a Mario", de hecho, en todas las declaraciones de los policías, su nombre sólo figura en la lista de los que ya se encontraban asegurados.
3. La magistrada en ningún momento revisa los agravios presentados por la defensa al momento de dictar la sentencia de la apelación.
4. Asimismo se abstiene de revisar si la sentencia emitida por la juez 19 de delitos no graves se apega a derecho, y simplemente retoma el caudal probatorio para justificar que la pena de 5 años 9 meses es aplicable y por ende confirma la sentencia de la juez 19 de delitos no graves. Obviando que el recurso de apelación tiene por objeto revisar las actuaciones del juez inferior por un juez o autoridad judicial superior.
5. La pena dictada a Jorge Mario, es excesiva pues impone 5 años 9 meses, por el delito de ataques a la paz pública, por lo que con dicha pena no alcanzaría beneficios de penas alternativas, siendo que en otros casos la pena oscila en 2 años 7 meses, (1dmx Bryan) o 4 años 7 meses (10 de junio de 2013), sin embargo a partir del 1 de septiembre de manera desproporcionada se pretende estandarizar la sanción en 5 años 9 meses (Oswaldo Rigel 1dmx y presos del RENO 2 de octubre).
Pese a las condiciones adversas que presenta la defensa de los derechos humanos de quienes ejercen su legítimo derecho a manifestarse,  las  organizaciones sociales en coadyuvancia con la Liga de Abogados han podido evidenciar la verdad histórica respecto a la arbitrariedad e ilegalidad de las detenciones, y la falsedad de las acusaciones a los presos políticos, arbitrariedades que son responsabilidad principalmente del Gobierno del D.F., en contumacia con el Gobierno Federal.
Por la libertad de todos los Presos por luchar.
Alto a la criminalización de la protesta social.
Liga de Abogados.
Asesoría y defensa jurídica para los presos políticos en México
Más información del caso de Jorge Mario González

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