Niños migrantes centroamericanos: víctimas de abusos
Por José Reyes
Contralínea 544 / del 19 al 25 de Junio de 2017
18
junio, 2017
La crisis económica, social y humanitaria que padecen
países de Centroamérica obliga una salida masiva de migrantes de la región.
Entre la población más afectada están niños, niñas y adolescentes no
acompañados (NNA) que enfrentan condiciones extremas de violencia y
vulnerabilidad en su tránsito por México hacia Estados Unidos.
Los eslabones más frágiles de la cadena migratoria, niños y adolescentes
que viajan solos de Centroamérica a Estados Unidos, enfrentan condiciones
infrahumanas de vida, como privación alimentaria, alojamiento e higiene;
enfermedades y abuso sexual, extorsión y violencia de autoridades migratorias.
Son víctimas de la trata y sufren también asaltos, secuestros y
deportaciones, pero sobre todo de la política de contención del gobierno
mexicano con el Plan de la Frontera Sur.
En 2016 más de 16 mil infantes vieron truncadas sus esperanzas de llegar a
Estados Unidos en busca de una vida mejor.
La cifra representa un 50% más, comparada con 2014, cuando fueron
deportados a sus países de origen -Guatemala, Honduras y El Salvador, la región
más pobre y violenta del mundo que no está en guerra- 8 mil 941 niños y
adolescentes, de acuerdo con datos de la Secretaría de Gobernación (Segob).
Estadísticas de la Unidad de Política Migratoria de la Segob revelan que
el año pasado 16 mil 81 menores que llegaron al país fueron retornados a
Centroamérica, contra 8 mil 941 en 2014; 2 mil 570 en 2013 y 1 mil 848 en 2012.
Si bien la migración centroamericana ha existido durante décadas, los
perfiles que conforman los flujos migratorios han cambiado al incluir a grupos
de población cuyas características los sitúan ante mayores riesgos, como son
niños y adolescentes.
El grupo migrante en mayor situación de vulnerabilidad es el conformado
por niños, niñas y adolescentes no acompañados, cuya detención en las
estaciones migratorias contravienen las leyes que los amparan, advierten Nayomi
Aoyama y Daniela Gutiérrez, de la Comisión Mexicana para la Defensa y Promoción
de los Derechos Humanos.
“No obstante que desde diciembre de
2015 la normativa mexicana prohíbe explícitamente la detención de niños y
adolescentes en estaciones migratorias, en la práctica la privación de su
libertad por razones migratorias sigue siendo una regla”, arguyen.
Gerardo Cruz González, doctor en Ciencias, en su investigación Niñez migrante en su tránsito
por México, realizada en 2016, explica las causas de la migración
de niños de Centroamérica, donde se registra una tasa de 53 asesinatos por día,
más de tres veces el promedio mundial. El documento señala que circulan 4.5
millones de armas de fuego ilegales.
“La carencia de acceso a la educación,
salud, justicia, pobreza extrema, violencia y problemas socioambientales,
constituyen las causas principales de que los jóvenes salgan de sus países en
busca de oportunidades de vida”, asienta el especialista.
Gerardo Cruz González apunta que existe un proceso de invisibilización
de los niños y adolescentes unido a las políticas migratorias de retención en
la frontera sur de México y a lo largo del país. “Frente al fenómeno de la niñez migrante las políticas públicas de
México tienen como mecanismo central la detención, deportación y la privación
de la libertad”, explica.
En el conjunto de menores migrantes, la mayoría de los que viajan sin
compañía de un adulto se encuentran entre los 12 y 17 años de edad: procedentes
de Guatemala 92%; El Salvador 96%, y Honduras 94%.
Del total de los migrantes guatemaltecos el 59.5% son niños que viajan
sin compañía; de El Salvador representan el 53.7%, y de Honduras el 44.7%,
según cifras del periodo enero-agosto de 2015
Violencia estructural
La Agencia de la ONU
para los Refugiados (ACNUR), en su informe de 2016, considera que el
grado extremo de violencia en contra de niños y adolescentes del
Triángulo del Norte (Guatemala, El Salvador y Honduras), es de carácter
estructural, generada por autoridades del gobierno, la delincuencia organizada
y las pandillas, y es causa de los desplazamientos forzados.
Según el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), desde
el 2014 aumentó notablemente la vulnerabilidad de este grupo de niños
migrantes, puesto que con compañía o sin ella se exponen a riesgos de abandono,
abuso, explotación laboral y sexual, trata, así como a violaciones de sus
derechos básicos a la salud, nutrición, educación e identidad.
Hasta hace poco, dice, viajar en el tren conocido como La Bestia era la forma más común de
transitar por México, pero el endurecimiento de la política de detención y deportación
del gobierno mexicano a partir de la puesta en marcha, en 2014, del Plan
Frontera Sur, ocasionan que las rutas y los medios que usan los migrantes se
hayan diversificado, aumentando los riesgos.
Sin embargo, precisa que la migración no se redujo con la puesta en
marcha de dicho plan, sólo se volvió más caro y peligroso emigrar al enfrentar
los riesgos de la delincuencia organizada, traficantes de personas y órganos, maras y sicarios que lucran con el
secuestro, asalto, extorsión, explotación laboral y sexual de los niños y
adolescentes.
A esto se suma la extorsión, secuestro, abusos sexuales, violaciones y
vejaciones por parte de agentes del Instituto Nacional de Migración (INM),
policías municipales, estatales y federales, elementos del ejército y sectores
de la ciudadanía, que lesionan los derechos humanos de los jóvenes migrantes.
Los vericuetos de la Ley de Migración
Nayomi Aoyama y
Daniela Gutiérrez explican que la Ley de Migración establece que cuando una
persona extranjera ingresa de forma irregular al país es alojado en una estación migratoria, donde es sujeto de un
Procedimiento Administrativo Migratorio, que concluirá con su
deportación.
“Aunque la ley denomina alojamiento,
es evidente que se trata de una detención, ya que el efecto es impedir que
la persona salga por su propia voluntad de la estación migratoria, donde las
condiciones humanitarias dejan mucho que desear”, subrayan.
Indican que desde antes de la entrada en vigor de la Ley General de los
Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes la normativa migratoria establecía
que los infantes no acompañados debían permanecer bajo custodia y resguardo del DIF.
Sin embargo, dicen, en la práctica la excepción se convirtió en regla;
la mayoría de niños migrantes es detenida en estaciones migratorias bajo el
pretexto de que el DIF no cuenta con instalaciones suficientes y adecuadas para
atender a los migrantes ni es motivo para justificar la privación de su
libertad.
El protocolo de la ley para proteger a los niños, establece que cuando
un adolescente sea puesto a disposición de autoridades migratorias, éstas
deberán dar aviso a la Procuraduría Federal de Protección de Niños.
Sin embargo, la Comisión Nacional de Derechos Humanos da cuenta de que
durante 2016 la procuraduría sólo emitió 25 medidas, frente a los 40 mil 542
niños que fuEron detenidos en ese año, lo cual es preocupante, apuntan Nayomi
Aoyama y Daniela Gutiérrez.
Destacan que de acuerdo con el principio jurídico de última ratio de la
privación de la libertad, ésta será utilizada únicamente como medida
excepcional, siempre y cuando se haya agotado cualquier otra medida que sea
menos lesiva, y que cumpla con el fin perseguido, esto es, que las personas
migrantes no se ausenten de su PAM, y por lo tanto, no eviten su deportación.
Y en el caso de personas migrantes que se encuentran detenidas en
estación migratoria y que alegan un temor fundado de que su vida, seguridad o
libertad esté en riesgo en su país de origen, el Instituto Nacional de
Migración está obligado a dar aviso inmediato a la Comisión Mexicana de Ayuda a
Refugiados (COMAR) que resolverá la solicitud del reconocimiento de la
condición de refugiado.
Lo anterior significa que hasta que la COMAR emita resolución fundada y
motivada, el solicitante dará seguimiento a su procedimiento de asilo privado
de su libertad en la estación migratoria en la que se encuentre alojado, esto
es, 45 días hábiles, mismos que pueden prolongarse si la resolución que emita COMAR
es negativa y, por lo tanto, sea apelada a través del recurso administrativo
correspondiente.
En cuanto a la detención administrativa por situación migratoria
irregular, el Reglamento de la Ley de Migración establece que “en ningún momento las niñas, niños o
adolescentes migrantes, independientemente de que viajen o no en compañía
de una persona adulta, serán privados de la libertad en estaciones migratorias”.
Al respecto, apuntan las abogadas, la CIDH en la Opinión Consultiva
21/2014 determinó que la privación de la libertad, tratándose de niños y
adolescentes migrantes excede el requisito de necesidad, ya que la medida no
resulta absolutamente indispensable a los fines de asegurar su comparecencia al
proceso migratorio o para garantizar la aplicación de una orden de deportación.
El especialista en flujos migratorios Gerardo
Cruz González señala que a la par de los crecientes flujos migratorios, debe
incrementarse la ayuda humanitaria para los NNA. Pero también debe haber
compromisos más serios por parte de los diversos niveles de gobierno en México,
en los países expulsores y en Estados Unidos.
“La deportación no constituye ninguna
solución eficaz, al contrario, puede generar revictimización y nuevos tipos de
violencia para los niños. El enfoque debe tener acciones locales
significativas, pero también debe ser entendido desde políticas regionales”, aduce.
Con el fin de hacer efectivas las medidas de
protección de la niñez migrante, el Estado está obligado a diseñar y poner en
marcha un sistema integral que permita la identificación, canalización,
atención de la niñez, donde el derecho al asilo esté plenamente garantizado,
considera por su parte la ACNUR.
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