Defensoras de
la Pachamama en la entrada a la Defensoría del Pueblo, Zonal 6, Cuenca, Ecuador
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Reporte sobre la
investigación defensorial por la agresión a Defensoras de la Pachamama en
protesta contra el proyecto minero Río Blanco:
SE ESPERA RESOLUCIÓN
Fuente: defensoraspachamama@gmail.com
Publicado por Red Latina
sin fronteras
13 mayo, 2016
El Frente de Mujeres Defensoras de la Pachamama se encuentra a
la espera de la resolución de la investigación defensorial
CASO-DPE-0101-010101-209-2015-001168-EASU, abierta desde el 10 de noviembre de
2015 por la Defensoría del Pueblo (Zonal 6, Azuay), luego de que se aceptara a
trámite la denuncia interpuesta por 8 mujeres de esta organización, debido a
que fueron agredidas y detenidas en forma arbitraria, por la policía y agentes
de seguridad, para impedir que protesten contra el megaproyecto minero Río
Blanco. Este hecho se suscitó el 20 de octubre de 2015 en el Parque Central de
Molleturo, durante la visita del Presidente Rafael Correa para inaugurar una
obra de Ecuador Estratégico.
En la mencionada protesta
pública y pacífica, las Defensoras de la Pachamama trataron de exhibir una
pancarta con la consigna “Minería responsable, cuento miserable”,
cuando fueron atacadas por la policía y agentes de seguridad política que les
arrancharon la pancarta, agrediéndolas física y verbalmente, para luego
sacarlas del Parque a la fuerza y detenerlas en una calle aledaña por más de 2
horas, violando así su derecho a la resistencia, libertad de expresión,
opinión, reunión, manifestación, participación, integridad física, libre
tránsito, entre otros, reconocidos en la Constitución ecuatoriana y tratados
internacionales.
Frente a lo denunciado por
las Defensoras de la Pachamama, el 20 de noviembre de 2015, el Intendente
General de Policía de Azuay Ing. Luis Calle Peñaherrera, elaboró un informe por
requerimiento del Gobernador de la provincia, en base al cual se solicitó “se archive el proceso iniciado”. En
este informe el Intendente afirma que las manifestantes intentaron romper un
supuesto cerco policial que se había instalado para impedir el acceso al Parque
de Molleturo, y que más bien, las mujeres agredieron a la policía.
Se ha podido constar que
no existe ningún otro documento de lo ocurrido ese día en Molleturo, ni
siquiera un parte policial, como se indica en el “Informe Ejecutivo del Operativo de Control y Seguridad durante la
Visita del Señor Eco. Rafael Correa Delgado Presidente de la República del
Ecuador a la provincia del Azuay el día martes 20 de octubre de 2015”,
elaborado el 31 de enero de 2016 por el encargado del operativo Crnl. Rubén
Reyes Pacheco.
Posteriormente, el 16 de
marzo de 2016, el Intendente de Policía se presentó a rendir su versión dentro
de la investigación, ratificándose en el contenido de su informe, y señalando
además que la manifestación no fue pacífica pues las manifestantes procedieron
a agredir a la policía intentando ingresar al Parque a “ofender al presidente”. Así mismo afirmó que no hubo detenidos.
Esta misma versión fue
sostenida por los jefes de la policía: Coronel Rubén Reyes Pacheco, Jefe del
Distrito Cuenca Sur y jefe del operativo, así como por el Tnte. Coronel Juan
Guerra Palacios, encargado del operativo en Molleturo, cuando se presentaron a
rendir sus declaraciones el 16 de marzo de 2016.
Sin embargo, la policía no
ha presentado ninguna prueba de las acusaciones que hace en contra de las
denunciantes, por lo que las Defensoras de la Pachamama han contestado con
sendos oficios dirigidos al Coordinador Defensorial Dr. Jorge Valdivieso Durán,
señalando entre otras cosas:
“Que en nuestra calidad de Mujeres Defensoras de Derechos
desde hace más de una década venimos desarrollando actividades públicas y
pacíficas para la defensa y promoción de los Derecho Humanos, Ambientales, de
Género y de la Madre Tierra. De igual manera acogiéndonos a lo establecido en
la Constitución vigente sobre el derecho a la resistencia, a la libertad de
opinión y expresión, de asociación, reunión, manifestación y participación, es
pública nuestra oposición a que se desarrollen megaproyectos de minería en las
zonas de páramo de Río Blanco y Quimsacocha, por los graves impactos que
provoca la minería en los ecosistemas, las poblaciones, particularmente en las
mujeres, y en los Derecho Humanos y de la Naturaleza…”
“Que por nuestra labor como Defensoras de Derechos
Humanos hemos sido blanco permanente de criminalización, represión y
persecución por parte del Estado y gobiernos de Ecuador, siendo, en varias
ocasiones violados nuestros derechos, y habiendo recibido agresión física y
verbal por parte de la fuerza pública durante manifestaciones públicas y
pacíficas. Es por ello que hemos venido denunciando constantemente esta
situación en distintas instancias a nivel nacional, pero nunca hemos encontrado
una respuesta positiva a nuestros reclamos, cuando se supone que el Estado y
gobierno deben protegernos y dar las facilidades para que desarrollemos nuestra
labor, de acuerdo a tratados y convenios internacionales que el país ha firmado
y ratificado sobre Defensores y Defensoras de los Derechos Humanos”.
“Manifestamos nuestra indignación absoluta y
rechazamos rotunamente la contestación dada por la Gobernación del Azuay y el
informe presentado por el Intendente de Policía, en donde sí se está faltando a
la verdad y tergiversando los hechos…”
“El Intendente nos acusa directamente de realizar
acciones violentas, es más, de agredir a la policía, pero no presenta ninguna
evidencia que respalde sus declaraciones, quedando dichas acusaciones en
simples enunciados carentes de valor jurídico, para lo que Usía Juzga”.
“¿Un grupo de mujeres adultas, la mayoría cercanas
o ya de la tercera edad, podría pretender romper un supuesto cerco policial,
con qué sabe qué intenciones?, según lo dicho en el informe de la policía.
Definitivamente no, solo que sea un grupo de ancianas privadas de sus
facultades mentales, “viejas locas” en palabras de la policía. Esta insinuación
implícita en lo señalado por el Intendente en su informe es totalmente
inaceptable para nosotras y constituye una agresión más de parte de la policía,
ya que es la típica forma de estigmatizarnos y descalificar nuestra labor
haciéndonos ver como personas que actúan sin sentido, agresivas y peligrosas”.
“¿Puede un grupo de 8 mujeres adultas agredir a un enorme
contingente de policías, entre hombre y mujeres, mucho más jóvenes, altas/os,
fuertes, preparadas/os físicamente y mentalmente para atacar y defenderse de
ataques, que incluso tenía escudos protectores, toletes, cascos, ropa especial
de protección? Es realmente una vergüenza que se afirme tal cosa…”
“… el informe del Intendente con una versión
totalmente fuera de la realidad, no tiene base legal, ni hace prueba alguna,
pues no tiene respaldo, ni legal, ni lógico a la luz de los elementos fácticos
acontecidos, lo que le resta total credibilidad.”
“Volvemos a recalcar que las versiones dadas por
el Intendente y los oficiales de policía no se apoyan en ninguna evidencia
material, ya que no existe ni siquiera un parte policial y no se ha presentado
ninguna prueba a lo largo de este proceso de investigación. Nosotras en cambio
hemos presentado fotografías, audios y videos que apoyan nuestras declaraciones
y la de nuestros testigos, donde no aparece el mencionado cerco policial, pero
si se puede ver claramente momentos en que la policía por la fuerza nos quita las
pancartas que intentamos exhibir… También está registrado como ante nuestros
reclamos por no dejarnos ejercer nuestro derecho a la protesta, fuimos
agredidas junto con otros compañeros que nos acompañaban en esa manifestación…”
“Los actos desplegados en contra de nuestra
organización, profundizan la intolerancia al libre ejercicio de nuestros
derechos, y sobresale la criminalización de nuestra libertad por ser Defensoras
de Derechos, además al afirmarse que nosotras hemos agredido a la policía, lo cual,
no es cierto, ni existe prueba de tal acusación, no es más que una calumnia que
atenta en contra de nuestro derecho al buen nombre como mujeres organizadas”.
Respecto al informe del
Intendente de Policía y las declaraciones de los jefes encargados del operativo,
Lina Solano Ortiz, miembro del Directorio del Frente de Mujeres Defensoras de
la Pachamama dijo:
“¿Cómo es posible que Mujeres Defensoras de Derechos seamos
agredidas y detenidas en forma ilegal y totalmente injusta, y luego tengamos
que soportar que en la investigación el Intendente y los jefes de la policía
mientan de la manera más descarada, y lo que es más indignante, que digan que
nosotras hemos sido las agresoras, continuado de esa manera las ofensas,
estigmatizándonos y criminalizándonos dentro del propio proceso?”.
Por otra parte, dentro de
esta investigación se ha podido tener acceso a la ORDEN DE SERVICIO No.
2015-1271-P3-SZA-1, la que contiene las directrices generales bajo las que la
policía debía actuar en el operativo el día 20 de octubre de 2015, y respecto
al que las Defensoras han presentado un oficio en el que entre otras cosas
señalan:
1. “El operativo preparado por la policía para el 20 de octubre de 2015
con motivo de la visita del Presidente Rafael Correa a Cuenca, según la Orden
de Servicio No. 2015-1271-P3-SZA-1, establece en el numeral 2, correspondiente
a la misión del operativo: “…mantener el control del orden público y seguridad
del Sr. Presidente y de la ciudadanía en general”, indiscutiblemente un
objetivo definido en términos tan generales conlleva un amplio margen de
interpretación, lo que a su vez se presta para que cualquier tipo de
manifestación -por más pacífica que sea- pueda calificarse como un atentado al “orden público” o la “seguridad del Presidente”, y en base a
ello justificar la actuación de la policía. Dado que no se define qué se
entiende por “orden público”,
consideramos que implícitamente el operativo le confiere a la fuerza pública la
potestad de prohibir cualquier tipo de expresión de descontento hacia el
gobierno.
Claramente el operativo
estuvo diseñado bajo la premisa de que ocurrirían manifestaciones en contra del
Presidente, y en tal sentido la policía tenía órdenes de repeler cualquier tipo
de protesta, detener a manifestantes y documentar en video y audio pruebas que
permitan su judicialización, tal y como lo establece la mencionada Orden de
Servicio en el liberal “bb. El parte
policial será elaborado por el miembro policial que procede a la aprehensión de
las personas que se encuentre dentro de posibles protestas en contra del
gobierno de acuerdo al formato establecido, de manera detallada y narrando la
infracción si fue cometida en presencia de la Policía y en lo posible adjuntando
pruebas o evidencias (fotos)”. Y en el literal “K: Todas las acciones que
articule la policía nacional dentro de todos los servicios involucrados serán
documentadas, apoyadas en las operaciones de inteligencia mediante el registro
de videos y audios que permitan establecer e identificar actores que trasgredan
la ley penal, durante la permanencia del Sr. Presidente de la República”
(el resaltado es nuestro).
“Esta interpretación nos preocupa por cuanto ni en la
Constitución vigente, ni en las leyes ecuatorianas, ni en la legislación
internacional, se prohíbe que las ciudadanas y ciudadanos puedan expresar
públicamente, en forma pacífica, ante cualquier autoridad (incluido el
Presidente), su desacuerdo a políticas, prácticas o proyecto que afecten a la
población. Impedir y criminalizar la protesta social y el reclamo, constituyen
violaciones a los fundamentos y principios democráticos, los Derechos Humanos y
de la Madre Tierra, más en un país que ha reconocido los Derechos de la
Naturaleza, y cuyo gobierno se jacta de tener la Constitución más ‘progresista’
del mundo”.
2.“No hay que olvidar que en
este operativo se actuó en forma violenta contra nosotras no sólo con el
objetivo de arrebatarnos la pancarta de tela que exhibíamos y sacarnos del
Parque y detenernos en una calle aledaña, sino que se vulneró flagrantemente nuestros
derechos, pese a que no estábamos realizando actos en contra de la ley.
Entonces, presumimos que esta actuación ilegal de la Policía está enmarcada en
lo que establece la Orden de Servicio No. 2015-1271-P3-SZA-1, que señala en el
literal “g.” “…acción de masa con el carácter netamente preventivo, aplicando
el uso progresivo de la fuerza.”.
Nos preguntamos si dar
golpes y patadas, lazar puñetes e insultos a las y los ciudadanos que ejercen
sus derechos ¿es “uso progresivo del
fuerza” con “carácter netamente
preventivo”?
Conjuntamente se señala en
la mencionada Orden de Servicio “uso
progresivo de la fuerza, siempre y cuando sea estrictamente necesario”
(literal “m”, subrayado por
nosotras), y más adelante en el literal “v”
se menciona expresamente que se “…evitarán
el plagio de Funcionarios o personas comunes, la toma de instalaciones
Públicas, la obstrucción de carreteras, el daño a la propiedad privada o
pública”.
Entones, se clarifica con
absoluta nitidez que nada justifica la actuación de la policía, pues nosotras
no estábamos cometiendo ningún delito, ni de los mencionados, ni de ningún otro
tipo, simplemente ejercíamos de forma lícita y pacifica nuestro derecho a la
resistencia, a la libre expresión y opinión.
3.“En este sentido, con
mayor abundamiento de los propio derechos transgredidos, se vislumbra como voz
definitiva que la policía no actuó bajo los principio de “…Derechos Humanos,
Legalidad, Ponderación, Proporcionalidad y Responsabilidad…” como se señala en el
literal “x” de la Orden de Servicio
No. 2015-1271-P3-SZA-1, sino más bien bajo la vieja política anárquica de
impedir cualquier protesta contra el gobierno, por pacífica que ésta sea, lo
cual es totalmente inconstitucional, antidemocrático y contrario a los Derechos
Humanos y de la Naturaleza, patentizándose más bien los peligrosos niveles de
intolerancia que creíamos haber desechado con la Constitución vigente, la cual
establece en el Artículo 1 que: EL ECUADOR ES UN ESTADO CONSTITUCIONAL DE
DERECHOS Y JUSTICIA…
El gran número de personal asignado para el operativo del 20
de octubre de 2015 corrobora lo que decimos: un contingente total de 436
efectivos, más 153 aspirantes de las Escuelas de Formación, según consta en la
referida Orden de Servicio. Para el caso de Molleturo, alrededor de 100
policías, entre hombres y mujeres, a lo que hay que sumar el contingente
militar, los agentes de seguridad y los policías que llegaron con la caravana
Presidencial”.
Con respecto a este
documento de la policía, Lina Solano Ortiz acotó: “A ello habría que añadir la realización de sobrevuelos por parte de la
unidad Aero-policial dispuesto en la Orden de Servicio, así como el uso de
caballos y perros, con lo que Molleturo estaba totalmente militarizado ese día
para hacer aparecer como que el Presidente tuvo un gran recibimiento y que
todos están felices con el proyecto minero”.
Por el inquietante
contenido de la referida Orden de Servicio, las Defensoras de la Pachamama
dirigieron el 2 de mayo un oficio al Dr. Ramiro Rivadeneira Silva, Defensor del
Pueblo de Ecuador, para expresarle su más profunda preocupación “por la falta de garantías para el ejercicio
de fundamentales derechos reconocidos en la Constitución vigente como son: el
derecho a la resistencia, integridad personal, libertad de opinión, de
expresión, reunión, manifestación, participación, entre otros…” , si la
policía está desarrollando sus operativos de la misma manera en otros lugares
del país.
En esas circunstancias es
claro para el Frente de Mujeres Defensoras de la Pachamama que lo ocurrido el
20 de octubre de 2015 en Molleturo es una muestra más de los niveles de
intolerancia del gobierno actual frente a las expresiones del descontento
popular.
Por ello toma mayor
relevancia la resolución que emita la Coordinación Zonal 6 de la Defensoría del
Pueblo de Ecuador, siendo la institución que, por mandato constitucional, tiene
que proteger y tutelar los derechos, además de que debería ser un ente activo
en la protección de las y los defensores de los Derechos Humanos y de la Naturaleza.
Es necesario que la
resolución que adopte la Defensoría del Pueblo en este caso, siente un
precedente a favor de las y los defensores de derechos y de la vigencia de la
Democracia en el país, caso contrario continuará reinando la prepotencia y el
abuso de poder, evidenciándose nuevamente que las y los defensores de los
Derechos Humanos se encuentran en total indefensión en Ecuador.
Comisión de Asuntos Jurídicos y de Protección del Frente de
Mujeres Defensoras de la Pachamama
Comisión de Comunicación del Frente de Mujeres Defensoras de la
Pachamama
“POR EL
DERECHO A DEFENDER NUESTROS DERECHOS Y A LA MADRE TIERRA”
Frente de Mujeres
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