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Argentina: Sentencia en la causa del 19-20 de diciembre de 2001: condenados por inútiles, no por represores.

En el juicio por la represión desatada durante las jornadas de lucha de los días 19 y 20 de diciembre  de 2001 la justicia consideró que no hubo intención homicida 
Red Latina sin fronteras
24 mayo, 2016
Hoy, lunes 23 de mayo, se dio a conocer la sentencia del juicio por la represión desatada durante las jornadas de lucha de los días 19 y 20 de diciembre en el marco de la rebelión popular de 2001.
El entonces Secretario de Seguridad, Enrique Mathov, fue condenado a 4 años y 9 meses de prisión por el asesinato de cinco personas y lesiones a más de un centenar de manifestantes. De la cúpula de la Policía Federal, el comisario Rubén Santos fue condenado a 4 años de prisión, mientras que el Director General de Operaciones, Norberto Gaudiero, recibió condena a 3 años y seis meses, por los mismos delitos. El ex Superintendente de Seguridad Metropolitana, Raúl Andreotti, fue condenado a 3 años en suspenso, sin aplicación efectiva, también por el delito de “homicidio culposo”. En todos los casos, la justicia consideró que no hubo intención homicida (dolo).
Los policías Carlos José López y Roberto Juárez, recibieron condena de 6 años de prisión y 4 años y seis meses, respectivamente, por el homicidio “en agresión” de Alberto Márquez. Los policías Ariel Firpo Castro y Víctor Belloni, fueron condenados a 3 años de prisión, mientras que el subcomisario Omar Bellante fue condenado tres años de prisión en suspenso por el encubrimiento del crimen de Gustavo Benedetto. El autor del crimen sería el teniente coronel Jorge Varando, jefe de seguridad de un banco en las inmediaciones a la Plaza de Mayo, filmado apuntando su arma a los manifestantes. Pero Varando –represor de la Tablada-  fue absuelto.
Los jueces José Valentín Martínez Sobrino, Javier Anzoategui y Rodrigo Giménez Uriburu sobreseyeron también a seis de los policías acusados de disparar contra la multitud: Mario Seia, Norberto Sabbino, Sebastián Saportii, Horacio Berardi, Orlando Oliverio Belloni y Eugenio Figueroa.
Además, el tribunal dispuso el sobreseimiento de Jorge Daniel Toma y Carlos Alberto Loforte por prescripción del delito.
Desde el inicio de la causa comprobamos que, como siempre, la justicia había tomado por determinación el consagrar la impunidad de los poderosos. Basta, para comprobarlo, revisar el proceso respecto del ex presidente Fernando de la Rúa, principal responsable político de la represión. A pesar de los esfuerzos insistentes de las querellas, que consiguieron que, tardíamente, fuera indagado por los homicidios y las tentativas de homicidio cometidos por el aparato de seguridad que como jefe de gobierno dirigía, y aunque fue brevemente procesado, la justicia finalmente decidió premiarlo con un fallo especialmente llamativo por el absurdo que lo constituyó: el hombre fue sobreseído luego de haber declarado que recién supo que hubo muertos al día siguiente, que no supo lo que sucedía en la periferia de la Casa Rosada, porque no se asomó en ningún momento a las ventanas, ni tenía radio ni televisión encendidas.
...las calles eran una cacería ...lluvia de plomo para evitar que llegáramos a Plaza de Mayo al grito de “¡que se vayan todos!”. 39 caídos ese día...
Con De la Rúa sobreseído, la justicia consagró la ajenidad del poder ejecutivo, descabezando la cadena de mandos en la responsabilidad política en la masacre que tiñó esas jornadas de lucha.
A partir de ello, su tesis se tradujo en la posibilidad de argumentar que la represión de aquellas jornadas fue un “desborde” de la fuerza policial, que no fue bien manejada por funcionarios “incompetentes”, a quienes se les imputó por homicidio culposo (es decir, por violación del deber de cuidado, impericia o negligencia), lo que prevé una pena máxima de cinco años de prisión a cada uno.
Esta tesis, consagrada hoy en la sentencia, busca proteger la función esencial del aparato represivo, soslayando criteriosamente la responsabilidad estatal, para poder explicar los hechos represivos como actos de “abuso” o “exceso” en el caso de los que dispararon, y “conductas erróneas” que “no hicieron lo que debían hacer” en el de los funcionarios. No se los juzgó por represores y asesinos, sino por ineptos y negligentes, con la misma imputación que tanto indigna a la “opinión pública”, cuando se aplica al conductor ebrio que atropella y mata a una persona en la vía pública.
Igual que Menem, con todos los hechos represivos de su gobierno y la voladura de Río Tercero, o el propio De La Rúa, en las causas de la represión en el Puente Gral. Belgrano de Corrientes y las coimas en el senado; como Duhalde en la causa del Puente Pueyrredón; como durante todos los gobiernos hasta el día de hoy cuando los represores son absueltos por matar a nuestros pibes en los barrios, la causa del 19 y 20 de diciembre es una prueba más de la forma en que el Estado se protege a sí mismo, garantizando la impunidad de sus eventuales administradores.
Nosotros sabemos lo que pasó ese día, no necesitamos que nos lo cuenten. Sabemos que las calles eran una cacería que articulaba por único lenguaje la lluvia de plomo para evitar que llegáramos a Plaza de Mayo al grito de “que se vayan todos”. Así fue como cayó nuestro compañero Carlos “Petete” Almirón, como los otros 38 caídos de ese día en todo el país, que hoy integran la inmensa lista de más de 4.700 personas asesinadas por el Estado desde "el retorno de la democracia" hasta la fecha.
De lo que estamos seguros es que, por más que intenten doblegarnos, nuestra respuesta siempre va a ser la organización y la lucha.

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