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Declaración de nuestra Autonomía y Libre Determinación: pueblo cho’l del Ejido Tila, adherentes a la Sexta

Ejido Tila, Chiapas a 17 de diciembre de 2015
Les enviamos nuevo comunicado de parte de nuestro Ejido Tila que es Declaración de nuestra Autonomía y Libre Determinación y se aclara sobre las mentiras y engaños que el gobierno de Chiapas está difundiendo en los medios de comunicación. Por lo que les pedimos el favor de su difusión y su solidaridad porque el gobierno está preparando su represión.
 
A la opinión pública
A los medios masivos de comunicación nacional e internacional
A los adherentes a la Sexta Declaración de la Selva Lacandona
Al Congreso Nacional Indígena (CNI).
A los luchadores sociales
A las organizaciones no gubernamentales.
Compañeros y compañeras, les informamos que ayer 16 de diciembre del 2015 se cumplieron 7 años que el estado mexicano nos concedió a nuestro favor la sentencia de amparo Nº 259/1982 y nos declaramos para reconocer nuestras propias autoridades en la autonomía y la libre determinación de nuestro Ejido Tila, Fracción II del Art. 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por la larga espera de la ejecución de la sentencia, se resolvió mediante la Asamblea General de Ejidatarios aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos. Como pueblo indígena Cho’l fundado antes de la colonización se retomó el Art. 39 de la propia Constitución Política que a la letra dice: “el pueblo tiene en todo el tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”. Somos un pueblo pluricultural del territorio nacional y nos garantiza el promulgatorio del Convenio 169 de la OIT sobre derechos de los pueblos indígenas, decretado y publicado en el Diario Oficial de la Federación por Carlos Salinas de Gortari en el año de 1990. De igual forma en la Declaración del Derecho Internacional de los Derechos Humanos acerca de la propiedad de la tierra y territorio en el Art. 26 en sus numerandos 1, 2 y 3; sobre los territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas que se trate; así como, el Art. 21 de la Convención Americana.
         Hacia 1943 las autoridades municipales han aprovechado la falta de conocimiento de las autoridades ejidales sobre los documentos presidenciales y así han venido violando nuestros derechos y tuvieron que pasar 72 años para que el Ejido Tila pudiera declarar su Autonomía, sin embargo por todos los daños y perjuicios que se nos han cometido, para el estado no es un delito; mientras que a nosotros sí se nos acusa ante el Ministerio Público con el expediente Nº 177/2015, se nos acusa de lesiones cuando en 1980 entraron con armas de fuego los caciques en coordinación con el gobierno y a los tres días por el lugar que era la Conasupo fue agredido con armas de fuego en el hombro el C. Domingo Pérez Martínez, ¿acaso no es delito? mientras que el agresor disfrutó de plena libertad dentro de nuestra propiedad ejidal. También se nos acusa de motín cuando las autoridades municipales bajan un presupuesto millonario y dejan obras inconclusas robándose millonadas de pesos y no les hacen nada, ¿acaso eso no es un delito? aun cuando el palacio municipal fue construido sin permiso de la Asamblea General de Ejidatarios, violando los artículos 14 y 16 de la Constitución Política y el Art. 74 de la legislación agraria: “los terrenos ejidales son inalienables, imprescriptibles e inembargables”; en el cual, se ha prestado para escriturar solares dentro del ejido de 1943 a 1968 haciendo un total de 265 escrituras privadas, más lo que ha venido escriturando hoy en día y para el estado esto no son daños causados al Ejido Tila. Asimismo se nos acusa de atentado contra la paz pública, cuando en 2005 fuimos bombardeados con gases lacrimógenos, con la participación de 2 helicópteros y 20 convoyes de policías sectoriales, desplazando a muchas familias a otros pueblos, causando la muerte de recién nacidos y más de 50 detenidos entre hombres y mujeres inocentes y de muchos lesionados con garrotes; así como, el secuestro de una persona mayor de edad, el pánico y la zozobra ¿Acaso no es alterar la paz social de los indígenas choles, todos estos delitos que se nos han cometido? Para el gobierno no lo ha reconocido como un daño a nuestras garantías individuales y las violaciones a los Art. 14 y 16 de la Constitución Política. La entrada de policías estatales y militares ¿acaso no es anticonstitucional dentro de un ejido como es el caso de Tila? En las elecciones pasadas del 19 de julio de 2015 la entrada de varios camiones de paramilitares encapuchados contratados en coordinación con el gobierno del estado de Chiapas C. Manuel Velasco Coello, las detonaciones de balas de alto calibre dentro del ejido hechas por los paramilitares al servicio del estado, faltando el respeto a un Pueblo Indígena Cho’l que ha buscado justicia desde hace 72 años y se le ha negado porque las leyes no están hechas para los pobres ¿Acaso eso no es alterar la paz social?
La inconformidad es por la expropiación de tierra y no como lo dice el Diario Meridiano 90 Noticias Sin Fronteras de Comitán de Domínguez, Chiapas, en una de sus frases de la hoja 13 “que acudieron policías estatales para contrarrestar la violencia y que los ejidatarios atacaron domicilios de los habitantes”, que es completamente falso, como siempre acostumbran a mentir, ya que los propios habitantes son testigos que nunca ocurrió. De la misma página 13 también aclaramos que el C. Francisco Álvarez no fue detenido durante la manifestación, sino que lo detuvieron los policías municipales cuando acudía a su casa en el Arco rumbo al Cerro de la Santa Cruz y a él lo golpearon, lo amenazaron de muerte y le pusieron una pistola en sus piernas y le tomaron varias fotografías para prefabricarle delitos que es lo que acostumbran hacer los policías al servicio del estado y teme por su familia por lo que lo amenazaron que podían atentar contra su familia porque saben dónde vive y como no tiene delito lo liberaron, le dieron $20.00  (veinte pesos 001/100 M.N.) para su pasaje de regreso.
         Además en la pág. 14 del mismo diario dice que: “la Secretaría General de Gobierno Cho’l-Tzeltal intervino en un diálogo”, queremos decirles que no intervino en ningún diálogo para establecer la paz social porque no hubo violencia ni mucho menos enfrentamientos y pedir a que se nos restituyan nuestras tierras no es un enfrentamiento, cabe señalar que en el Art. 27 Constitucional en su Fracción VIII se declaran nulas: todas las enajenaciones de tierras hechas por los jefes políticos, gobernadores y autoridades locales en este caso el ayuntamiento municipal.
En ningún momento hubo amenazas de quema de casas y esta es la inconformidad porque una autoridad no debe mentir y por eso son mal vistos ante la sociedad, lo que se menciona en las inmediaciones del panteón la misma sociedad es testigo que no existió ningún grupo de ejidatarios con bombas molotov y mucho menos hubo amenazas de ningún grupo y es lamentable tener una autoridad que con mentiras y engaños quiere confundir a la población que ni siquiera tiene legalidad de su posesión.
         Por último se nos concedió la resolución presidencial de 1934, publicada en el Diario Oficial de la Federación el martes 16 de octubre del mismo año, no quedó separado la zona urbana y mucho menos para el fundo legal; por eso, se nos concedió la sentencia de amparo Nº 259/1982 el 16 de diciembre del 2008 y que quede claro: al Ayuntamiento Municipal de Tila, construido ilegalmente en el Ejido Tila, no le corresponde ni un solo centímetro de terreno.
         A todos los medios de comunicación nacional e internacional y a la sociedad, es una vergüenza dar a conocer de cómo nos quisieron gobernar ilegalmente en nuestra tierra y territorio y aun nos hacen la demanda Nº 177/2015 para dictar órdenes de aprehensión en nuestra propia tierra. La herencia que nos dejaron nuestros padres y abuelos para alimentarnos, para cobijarnos pero no para que nos hagan una demanda de aquellos que nos han causado mucho daño y que ninguno de ellos sean castigados hasta el momento porque  el mismo gobierno los protege. No es la primera vez que está pasando esto, en 1981 fueron procesados 27 ejidatarios sin que hayan cometido delitos, lo mismo de siempre, prefabricados por las autoridades estatales y municipales, se han aprovechado de nuestra humildad, de nuestra sencillez, hasta que nos cansaron.
Atentamente:
Órganos de Representación Ejidal
(Sellan Presidente del Comisariado y Presidente del Consejo de Vigilancia)
Atentamente
TIERRA Y LIBERTAD
Ejido Ch'ol Tila, Chiapas.
Adherentes a la Sexta Declaración de la Selva Lacandona
laotraejidotila.blogspot.mx

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