Declaración de nuestra Autonomía y Libre Determinación: pueblo cho’l del Ejido Tila, adherentes a la Sexta
Ejido Tila, Chiapas
a 17 de diciembre de 2015
Les enviamos nuevo comunicado
de parte de nuestro Ejido Tila que es Declaración de nuestra Autonomía y Libre Determinación
y se aclara sobre las mentiras y engaños que el gobierno de Chiapas está
difundiendo en los medios de comunicación. Por lo que les pedimos el favor de
su difusión y su solidaridad porque el gobierno está preparando su represión.
A la opinión pública
A los medios masivos de
comunicación nacional e internacional
A los adherentes a la
Sexta Declaración de la Selva Lacandona
Al Congreso Nacional Indígena
(CNI).
A los luchadores sociales
A las organizaciones no
gubernamentales.
Compañeros y compañeras, les informamos que ayer 16 de diciembre
del 2015 se cumplieron 7 años que el estado mexicano nos concedió a nuestro
favor la sentencia de amparo Nº 259/1982 y nos declaramos para reconocer
nuestras propias autoridades en la autonomía y la libre determinación de
nuestro Ejido Tila, Fracción II del Art. 2 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos por la larga espera de la ejecución de la sentencia, se resolvió
mediante la Asamblea General de Ejidatarios aplicar sus propios sistemas
normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos. Como pueblo indígena
Cho’l fundado antes de la colonización se retomó el Art. 39 de la propia Constitución
Política que a la letra dice: “el pueblo tiene en todo el tiempo el inalienable
derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”. Somos un
pueblo pluricultural del territorio nacional y nos garantiza el promulgatorio
del Convenio 169 de la OIT sobre derechos de los pueblos indígenas, decretado y
publicado en el Diario Oficial de la Federación por Carlos Salinas de Gortari en
el año de 1990. De igual forma en la Declaración del Derecho Internacional de
los Derechos Humanos acerca de la propiedad de la tierra y territorio en el Art.
26 en sus numerandos 1, 2 y 3; sobre los territorios y recursos. Dicho
reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los
sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas que se trate; así
como, el Art. 21 de la Convención Americana.
Hacia 1943 las autoridades
municipales han aprovechado la falta de conocimiento de las autoridades
ejidales sobre los documentos presidenciales y así han venido violando nuestros
derechos y tuvieron que pasar 72 años para que el Ejido Tila pudiera declarar
su Autonomía, sin embargo por todos los daños y perjuicios que se nos han
cometido, para el estado no es un delito; mientras que a nosotros sí se nos
acusa ante el Ministerio Público con el expediente Nº 177/2015, se nos acusa de
lesiones cuando en 1980 entraron con
armas de fuego los caciques en coordinación con el gobierno y a los tres días
por el lugar que era la Conasupo fue agredido con armas de fuego en el hombro
el C. Domingo Pérez Martínez, ¿acaso no es delito? mientras que el agresor
disfrutó de plena libertad dentro de nuestra propiedad ejidal. También se nos
acusa de motín cuando las autoridades
municipales bajan un presupuesto millonario y dejan obras inconclusas robándose
millonadas de pesos y no les hacen nada, ¿acaso eso no es un delito? aun cuando
el palacio municipal fue construido sin permiso de la Asamblea General de
Ejidatarios, violando los artículos 14 y 16 de la Constitución Política y el
Art. 74 de la legislación agraria: “los
terrenos ejidales son inalienables, imprescriptibles e inembargables”; en
el cual, se ha prestado para escriturar solares dentro del ejido de 1943 a 1968
haciendo un total de 265 escrituras privadas, más lo que ha venido escriturando
hoy en día y para el estado esto no son daños causados al Ejido Tila. Asimismo
se nos acusa de atentado contra la paz pública,
cuando en 2005 fuimos bombardeados con gases lacrimógenos, con la participación
de 2 helicópteros y 20 convoyes de policías sectoriales, desplazando a muchas
familias a otros pueblos, causando la muerte de recién nacidos y más de 50
detenidos entre hombres y mujeres inocentes y de muchos lesionados con
garrotes; así como, el secuestro de una persona mayor de edad, el pánico y la zozobra
¿Acaso no es alterar la paz social de los indígenas choles, todos estos delitos
que se nos han cometido? Para el gobierno no lo ha reconocido como un daño a
nuestras garantías individuales y las violaciones a los Art. 14 y 16 de la Constitución
Política. La entrada de policías estatales y militares ¿acaso no es
anticonstitucional dentro de un ejido como es el caso de Tila? En las
elecciones pasadas del 19 de julio de 2015 la entrada de varios camiones de
paramilitares encapuchados contratados en coordinación con el gobierno del
estado de Chiapas C. Manuel Velasco Coello, las detonaciones de balas de alto calibre
dentro del ejido hechas por los paramilitares al servicio del estado, faltando
el respeto a un Pueblo Indígena Cho’l que ha buscado justicia desde hace 72
años y se le ha negado porque las leyes no están hechas para los pobres ¿Acaso
eso no es alterar la paz social?
La inconformidad es por la
expropiación de tierra y no como lo dice el Diario Meridiano 90 Noticias Sin
Fronteras de Comitán de Domínguez, Chiapas, en una de sus frases de la hoja 13 “que acudieron policías estatales para contrarrestar
la violencia y que los ejidatarios atacaron domicilios de los habitantes”, que
es completamente falso, como siempre acostumbran a mentir, ya que los propios
habitantes son testigos que nunca ocurrió. De la misma página 13 también
aclaramos que el C. Francisco Álvarez no fue detenido durante la manifestación,
sino que lo detuvieron los policías municipales cuando acudía a su casa en el Arco
rumbo al Cerro de la Santa Cruz y a él lo golpearon, lo amenazaron de muerte y
le pusieron una pistola en sus piernas y le tomaron varias fotografías para
prefabricarle delitos que es lo que acostumbran hacer los policías al servicio
del estado y teme por su familia por lo que lo amenazaron que podían atentar
contra su familia porque saben dónde vive y como no tiene delito lo liberaron,
le dieron $20.00 (veinte pesos 001/100
M.N.) para su pasaje de regreso.
Además en la pág. 14 del
mismo diario dice que: “la Secretaría
General de Gobierno Cho’l-Tzeltal intervino en un diálogo”, queremos
decirles que no intervino en ningún diálogo para establecer la paz social
porque no hubo violencia ni mucho menos enfrentamientos y pedir a que se nos
restituyan nuestras tierras no es un enfrentamiento, cabe señalar que en el Art.
27 Constitucional en su Fracción VIII se
declaran nulas: todas las enajenaciones de tierras hechas por los jefes políticos,
gobernadores y autoridades locales en este caso el ayuntamiento municipal.
En ningún momento hubo
amenazas de quema de casas y esta es
la inconformidad porque una autoridad no debe mentir y por eso son mal vistos
ante la sociedad, lo que se menciona en las inmediaciones del panteón la misma
sociedad es testigo que no existió ningún grupo de ejidatarios con bombas molotov y mucho menos hubo amenazas de ningún grupo y es lamentable
tener una autoridad que con mentiras y engaños quiere confundir a la población
que ni siquiera tiene legalidad de su posesión.
Por último se nos concedió
la resolución presidencial de 1934, publicada en el Diario Oficial de la Federación
el martes 16 de octubre del mismo año, no quedó separado la zona urbana y mucho
menos para el fundo legal; por eso, se nos concedió la sentencia de amparo Nº
259/1982 el 16 de diciembre del 2008 y que quede claro: al Ayuntamiento
Municipal de Tila, construido ilegalmente en el Ejido Tila, no le corresponde
ni un solo centímetro de terreno.
A todos los medios de comunicación
nacional e internacional y a la sociedad, es una vergüenza dar a conocer de
cómo nos quisieron gobernar ilegalmente en nuestra tierra y territorio y aun
nos hacen la demanda Nº 177/2015 para dictar órdenes de aprehensión en nuestra
propia tierra. La herencia que nos dejaron nuestros padres y abuelos para
alimentarnos, para cobijarnos pero no para que nos hagan una demanda de
aquellos que nos han causado mucho daño y que ninguno de ellos sean castigados
hasta el momento porque el mismo
gobierno los protege. No es la primera vez que está pasando esto, en 1981
fueron procesados 27 ejidatarios sin que hayan cometido delitos, lo mismo de
siempre, prefabricados por las autoridades estatales y municipales, se han aprovechado de nuestra humildad, de
nuestra sencillez, hasta que nos cansaron.
Atentamente:
Órganos de Representación
Ejidal
(Sellan Presidente del
Comisariado y Presidente del Consejo de Vigilancia)
Atentamente
TIERRA Y LIBERTAD
Ejido Ch'ol Tila, Chiapas.
Adherentes a la Sexta Declaración
de la Selva Lacandona
laotraejidotila.blogspot.mx
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