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CHIAPAS: EJIDO TILA EXPULSA OFICINAS DEL AYUNTAMIENTO DE TIERRAS EJIDALES

Centro de Medios Libres
17 diciembre, 2015

San Cristóbal de las Casas, Chiapas, 17 de diciembre de 2015.- El Ejido Tila, compuesto por ejidatarios adherentes a la Sexta Declaración de la Selva Lacandona, inició la demolición del palacio municipal para expulsar las oficinas del ayuntamiento de territorio ejidal, por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria del ejido.
Las oficinas del ayuntamiento municipal provisionalmente se trasladaron al Ejido Tila desde Petalcingo en 1909. Los ejidatarios explican a detalle el proceso legal e histórico por medio del siguiente:
Comunicado Ejido Tila
Diciembre del 2015
A los medios de comunicación, nacional e internacional
A los luchadores sociales de México y del mundo.
Al Congreso Nacional Indígena. CNI.
A la Comisión Sexta del EZLN
A los derechos humanos no gubernamentales
Les queremos informar que la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 8 de noviembre de 2015, sobre los acontecimientos que prevalecen desde años atrás hasta la actualidad. Nuestros abuelos y abuelas fundaron la población indígena Chol antes de la colonización. Hoy en día nos quieren arrebatar nuestras tierra y territorios con un centro ecoturístico.
El mal gobierno municipal lleva 72 años de violación de nuestro derecho, llevamos 30 años de lucha por la vía jurídica, 6 años hemos esperado el resultado de la ejecución del amparo 1302/2010 y el amparo de origen 259/82. La Asamblea General de ejidatarios acordó demoler el palacio municipal construido sin permiso de la Asamblea General. Porque es el origen de todas las injusticias y discriminación, y hostigamiento y constante despojo de las 130 hectáreas de nuestra tierra ancestral para el fundo legal buscando destruir nuestra colectividad.
Nuestros abuelos caminaron a pie de Tila a Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, para tramitar la legalidad del ejido desde 1922 pasando grandes peligros, por las montañas caminaron cargando sus alimentos, no les importo el cansancio. Pasaron la esclavitud de los colonizadores y sufrieron el despojo de sus tierras por la compañía extranjera Pennsylvania Plantation Company antes de la Revolución del gran general Emiliano Zapata de 1910.
Gracias a esa lucha se logró recuperar 2,466 hectáreas, mediante la resolución presidencial del 30 de julio de 1934, fundada en el artículo 27 Constitucional constituido en 1917. Fruto de la sangre derramada de miles de campesinos, de esa tierra hoy sembramos y nos alimentamos juntos con nuestros hijos y nietos, nos viste, nos acobija, por eso hoy en día la asamblea dijo:
Hemos hecho muchas marchas y caravanas, se ha hecho caso omiso y se giró otro escrito al C. licenciado Felipe Calderón Hinojosa, no intervino. Porque la resolución presidencial y el diario oficial de la federación del 16 de octubre de 1934. No corresponde el estado, todo fue inútil de diversas ocasiones.
Documentalmente se ha demostrado que el caserío del poblado indígena está asentado en el núcleo de población indígena Chol ejidal, y no es cabecera municipal de acuerdo con el artículo 9 de la legislación agraria.
Los núcleos de población ejidales o ejidos tienen personalidad jurídica y patrimonio propio, son propietarios de las tierras que les han sido dotadas. Artículo 22: El órgano supremo es la asamblea general. Artículo 29: Cuando la asamblea resuelva terminar el régimen ejidal, el acuerdo respectivo será publicado en el diario oficial de la federación.
Lo damos a conocer donde está ubicado la cabecera municipal el 25 de agosto de 1909. Se encontraba en el vecino poblado de Petalcingo, con sus 101 hectáreas. Por los problemas de epidemia y la presencia de los partidarios de la Revolución Mexicana de 1910 quedó abandonado el poblado. Los presidentes de otros municipios y los caciques que llegaron en la población indígena Chol tomaron acuerdo de trasladarlo provisionalmente, de esta manera llegó el que tanto nos ha causado tantas injusticias. Por esa razón no tiene legalidad su posesión, por eso han tomado el acuerdo los tres niveles de gobierno de pagarnos la cantidad de 40 millones de pesos.
Pero el conocimiento y la sabiduría que nos dejaron nuestros abuelos nos han enseñado a defender nuestra historia, y nuestra cultura porque la madre tierra pertenecemos a ella.
En base a eso nos quieren comprarnos para que nosotros mismos demos la palabra para nulificar nuestra resolución presidencial y aceptar el alto costo de vida y desplazar a toda la juventud, desplazarnos cuando se haga la medición de tierra, cuando ya sea legalizado el famoso FANAR. Hoy en día vivimos las tres acciones dentro de las 5,405 hectáreas.
De esta forma quieren desestabilizarnos: el mal gobierno municipal ha utilizado las calles mal pavimentadas y el parque, el mercado, que si hay mercado municipal, ha inyectado programas y proyectos de baños para controlar a los ejidatarios, ha nombrado dirigentes de barrios y anexos dándole apoyo económico para ya no defender la madre tierra y destrucción de su cultura, y sus usos y costumbres.
Y ha utilizado el engaño y la mentira a los pobladores y avecindados registrando a sus escrituras que si hay fundo legal y han pagado pagos ilegales en la hacienda de años atrás hasta la actualidad. Nosotros tenemos la claridad que violan el artículo 74 de la legislación agraria.
La propiedad de las tierras de uso común es inalienable, imprescriptible e inembargable. Pero con toda libertad compra terrenos a ejidatarios no ejidatarios, disque para construir obras inconclusas como el agua, solo asi para bajar los recursos y anunciándolo como desarrollo del municipio, y el equipamiento de radios de comunicación a los agentes de barrios y dirigentes de las comunidades y su proyecto de muerte extendiendo muchos permisos de cantinas de bares y licores.
Desde esa presidencia municipal fueron equipados de armas, radios y uniformes los paramilitares de Paz y Justicia.
La entrada de máquinas para terraplenar terrenos y estructuradores de piedras y talas de madera para construcción de otras comunidades, el pago de renta de taxis a personas ajenas que no son ejidatarios los que rentan. Recordamos lo que aconteció en 2005. La participación de 2 helicópteros y 20 convoyes de sectoriales y los bombardeos de gases lacrimógenos a la población civil. El pánico y la zozobra, muchas familias abandonaron sus casas y la contratación de pandilleros y de jóvenes y que carecen de recursos económicos, fueron contratados para encapucharse para mantener el orden municipal.
Como pueblo indígena Chol debemos ser respetados por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre derechos de los pueblos indígenas y salvaguardados por el Artículo 21 de la Corte Internamericana y no más represión como en 1980 en el gobierno de Juan Sabines Gutiérrez, en coordinación con los caciques.
Hoy en día hemos defendido nuestro derecho de posesión individual, de acuerdo a los artículos 1, 14 y 16 constitucional, y vamos a retomar el artículo 2. Únicamente reconocemos nuestra propia autoridad y la libre determinación, en consecuencia nuestra autonomía. Que un ejido debe de respetarse su autonomía, fracción 2, resolver nuestro propio conflicto interno. En el artículo 39 de la misma constitución tienen todo el tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.
Si violan nuestro derecho de población indígena Chol estarían en contra de la propia nación porque es pluricultural el territorio nacional.
Atentamente
Tierra y libertad
Sello del Comisariado Ejidal del Ejido Tila, Chiapas.
Sello del Consejo de Vigilancia del Ejido Tila, Chiapas.
Sello de Adherentes a la Sexta Declaración del Ejido Tila, Chiapas.

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