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17/05/2013
En Chile existen hoy 28 personas mapuche presas por "delitos"
asociados a la reivindicación de tierras ancestrales
Los días 29 y 30 de mayo se realizará en la
Corte Interamericana de Derechos Humanos en Costa Rica, las audiencias sobre la
causa unificada en que siete mapuche y una activista fueron condenados por Ley
Antiterrorista en 2002. El juicio internacional marca un importante precedente
para los procesos que se han generado después, y que han llevado a que en Chile
existan hoy 28 personas mapuche presas por delitos asociados a la
reivindicación de tierras ancestrales. Entrevista de Radio Tierra a la abogada
Nancy Yañez.
Nancy Yáñez, abogada y codirectora del Observatorio Ciudadano, destacó
que se están persiguiendo dos situaciones que han lesionado el respeto a las
garantías fundamentales en el país, como son la falta de un debido proceso en
los tres juicios, y el doble juzgamiento en el caso particular de Pascual
Pichún y Aniceto Norín. El alegato apunta a que en los tres casos la prueba
inculpatoria emanó fundamentalmente de testigos sin rostro, cuya parcialidad no
pudo ser impugnada.
“Lo que aquí va a quedar demostrado es que el
uso de la ley antiterrorista, o el uso de leyes de excepción, están siendo
utilizadas en contra del Pueblo Mapuche como un enemigo del Estado de Chile, y
eso en términos políticos es una situación insostenible, porque el derecho
internacional conmina a los Estados a que respeten y protejan a sus pueblos
originarios”, recalcó Yáñez.
La jurista añadió que “más que un
juicio a la ley antiterrorista, aquí hay un juicio a la responsabilidad
internacional del Estado, que en esta caso demuestra tener una actuación
discriminatoria contra sus pueblos indígenas”. Situación que en sus
palabras se ve reflejada por el hecho de que se ha actuado en pos de defender
intereses de particulares, por ello afirmó que “tampoco es que se esté protegiendo a la democracia, sino que se está
protegiendo ciertos intereses específicos en contra de los pueblos indígenas.
La verdad es que la criminalización a que el Estado de Chile ha sometido al
Pueblo Mapuche no tiene precedentes en otros países de la región, por eso que
este caso es muy importante, porque da cuenta de una democracia que ha actuado
con sesgo de discriminación racial”, sostuvo.
Responsabilidades políticas
Yáñez recordó que la aplicación de la Ley
Antiterrorista fue invocada originalmente por el ex ministro concertacionista
Juan Agustín Figueroa, luego de un ataque ocurrido a su hacienda Nancahue. A
partir de ese momento, el decreto-ley heredado de la dictadura se transformó en
el estándar para perseguir hechos de violencia ocurridos en el marco de la
cuestión mapuche.
En los tres casos que llegaron hasta la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, se incluye el proceso que inició Figueroa. “Los gobiernos de la Concertación, los respectivos Presidentes de la
República, los ministros del Interior que fueron quienes efectuaron los
requerimientos, y los particulares -especialmente- el señor Juan Agustín
Figueroa debe asumir responsabilidad política, porque él además tenía un rol
institucional que cumplir. Él era ni más ni menos ministro del Tribunal
Constitucional, y por lo tanto garante de que en Chile se respeten las
instituciones fundamentales”, argumentó.
Las 8 presuntas víctimas que fueron incluidas dentro de esta causa
unificada son: Segundo Aniceto Norín Catrimán, Pascual Huentequeo Pichún
Paillalao, Florencio Jaime Marileo Saravia, José Huenchunao Mariñán, Juan
Patricio Marileo Saravia, Juan Ciriaco Millacheo Lican y Manuel Ancalaf Llaupe,
y la activista Patricia Roxana Troncoso. Se espera que el fallo sea dado a
conocer en un plazo corre desde finales del presente año hasta el primer
semestre de 2014.
AUDIO. ENTREVISTA RADIO TIERRA:
www.mapuexpress.net - www.radiotierra.cl
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