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Chiapas: El caso del Ejido Tila contra el despojo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Hoy se revisa en la Suprema Corte el caso Tila, transmisión en vivo, hostigamientos contra ejidatarios
1 de abril de 2013.- Para hoy a las 11 de la mañana está enlistado para su revisión en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el caso de ejidatarios del Ejido Tila, que exigen la restitución al ejido de tierras despojadas por el municipio de Tila y el gobierno estatal. Los ejidatarios son adherentes a la Sexta Declaración de la Selva Lacandona. El 17 de octubre de 2008 el Juez Primero de Distrito en el Estado de Chiapas, emitió una resolución favorable al Ejido Tila, en el juicio de amparo 259/1982, sin embargo la sentencia jamás fue ejecutada. Por ello los ejidatarios del Ejido Tila han promovido un incidente de inejecución de sentencia que será revisado hoy a las 11 de la mañana, bajo proyecto de la ministra Olga Sánchez Cordero y transmitido en vivo por el canal judicial.
Mientras llega la fecha de revisión del caso en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estos días se han dado actos de hostigamiento contra los ejidatarios. Denuncian también un proceso de paramilitariación, a manos de las mismas autoridades que desplazaron el poblado zapatista de San Patricio, hoy nuevo poblado Comandante Abel.
Hay que mantenerse al pendiente. La corte ha dado una de cal por una de arena en casos paradigmáticos de violación a los derechos humanos y despojo de los pueblos indígenas. En el más reciente, hace unos días, se negó a abordar el fondo del incidente de reconocimiento de inocencia en favor del preso político chiapaneco Alberto Patishtán.
Suprema Corte discute si es mejor que prevalezca la injusticia ante una justicia muy gravosa: Caso Tila
 
Ciudad de México, 1 de abril de 2013.- Hoy, cuando se revisó en la Suprema Corte de Justicia de la Nación el incidente de inejecución de sentencia en el caso del Ejido Tila, Chiapas, que de facto les tiene despojados de 130 hectáreas, diversos magistrados señalaron que era más gravosa la justicia que la injusticia, y señalaron que lo que debe prevalecer entonces es la injusticia en el caso Tila, para ello apelaron al párrafo tercero de la fracción XVI del artículo 107 constitucional:
“El cumplimiento sustituto de las sentencias de amparo podrá ser solicitado por el quejoso al órgano jurisdiccional, o decretado de oficio por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando la ejecución de la sentencia afecte a la sociedad en mayor proporción a los beneficios que pudiera obtener el quejoso, o cuando, por las circunstancias del caso, sea imposible o desproporcionadamente gravoso restituir la situación que imperaba antes de la violación. El incidente tendrá por efecto que la ejecutoria se dé por cumplida mediante el pago de daños y perjuicios al quejoso. Las partes en el juicio podrán acordar el cumplimiento sustituto mediante convenio sancionado ante el propio órgano jurisdiccional”.
Por ello tuvo que ser retirado el proyecto de la ministra Olga Sánchez Cordero y tendrá que ser presentado un nuevo proyecto en el sentido de la prevalecencia de una injusticia que no sea tan gravosa para la sociedad como puede serlo la justicia.
Sobra decir que ese mismo párrafo podrá ser alegado en el futuro por transnacionales que despojen de tierra y territorio a pueblos y comunidades indígenas, por ejemplo para proyectos mineros, para proyectos eólicos, presas, termoeléctricas, aeropuertos, carreteras y otros, siempre contra el interés de la población, como en el caso del Ejido Tila.
Tras sucesivos casos, donde prevalece la injusticia sobre la justicia mucha gente ya le llama al máximo tribunal de México "La Suprema Corte de Injusticia de la Nación", baste recordar cómo en el último mes fue liberado por la Suprema Corte el último autor confeso de la masacre de Acteal, mientras le era denegado un análisis de fondo de su caso al preso político Alberto Patishtán quien según diversas pruebas procesales no cometió los delitos por los que fue condenado a 60 años de prisión. Otra presa acusada de secuestro y señalada directamente por sus víctimas, la francesa Florence Cassez también fue liberada en enero pasado por la Suprema Corte. Los paramilitares asesinos son liberados, una secuestradora también, mientras presos injustos permanecen presos de la injusticia. Los casos no acaban ahí, baste recordar el muy grave caso donde fueron rechazadas las controversias constitucionales interpuestas contra la suplantación de reforma de derechos y cultura indígenas en el año 2002 que haría cumplir los Acuerdos de San Andrés.
¿Como movimientos sociales qué toca construir ante la prevalecencia de la injusticia sobre la justicia en la Suprema Corte de Justicia de la Nación? ¿Toca hacer como que no pasa nada? ¿Seguiremos mirando para otro lado afirmando que esos fallos no afectan más las condiciones concretas de quienes luchan y que no tiene sentido intentar contenerlos?
 

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