Domingo
29 de julio de 2012: Los kichwas de
Sarayaku (Ecuador) llevan una década luchando contra la acción de la petrolera
argentina CGC en connivencia contra el Estado. Esta semana han ganado la
batalla legal más importante ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La sentencia de Sarayaku es un parteaguas en las luchas indígenas contra el
extractivismo y a favor de su autonomía territorial.
"Esta
sentencia es el resultado de casi una década de litigio internacional y
marca un precedente histórico en la vida de los pueblos y nacionalidades a
nivel global, constantemente amenazados por políticas extractivistas a nombre
del llamado desarrollo del ‘primer mundo’ y que nada tiene que ver con la
cosmovisión de los pueblos, auto proclamados defensores de la selva".
Así de claro lo deja José Gualinga, presidente de
Sarayaku en un comunicado que hizo público tras conocerse la
sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(CoIDH) el pasado jueves 26 de julio.
El triunfo de Sarayaku en el Sistema Interamericano
de Derechos Humanos es histórico y marca la pauta para otros tantos procesos
impulsados por pueblos originarios amenazados por el afán extractivista de las
multinacionales que tanto apoyan los Estados. Para Gualinga es especialmente
importante que la Corte haya destacado "las
características específicas de su 'selva viviente' (Kawsak Sacha) y la relación
íntima entre ésta y sus miembros, que no se limita a asegurar su subsistencia,
sino que integra su propia cosmovisión e identidad cultural y espiritual".
Es la victoria de un modo de vida no capitalista, en conexión con la Pacha
frente a la lógica del "crecimiento
económico" y al concepto de "desarrollo"
que se impone desde Gobiernos e instituciones financieras internacionales
(IFIs).
La CoIDH impone al estado ecuatoriano siete medidas
de restitución y determina con claridad los criterios y las formas de la
consulta previa, libre e informada necesaria para la implementación de
cualquier proyecto en territorio de los kichwas de Sarayaku.
Por el interés de esta sentencia adjuntamos la versión en PDF para
descarga.
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